¿Por qué una jubilada tiene que devolver 3.728 € de la pensión por donar un piso a su hijo?

Descubre cómo una donación familiar puede afectar la pensión y por qué hay que devolver el complemento a mínimos si se superan los límites de ingresos.
 Jubilada ha de retornar 3.728 euros de pensió per transferir un pis al seu fill segons la normativa vigent - Imagen generada por IA
Una jubilada debe devolver 3.728 euros de pensión por transferir un piso a su hijo según la normativa vigente — Imagen generada por IA

La donación de un inmueble puede cambiar radicalmente la situación económica de una persona jubilada y afectar su derecho a complementos sociales. Esto es precisamente lo que ha ocurrido con una pensionista de Alicante que ha tenido que devolver más de 3.700 euros a la Seguridad Social tras ceder su piso a su hijo.

El caso pone de manifiesto la importancia de tener en cuenta las implicaciones patrimoniales que pueden modificar la percepción del complemento a mínimos, un apoyo económico destinado a garantizar un umbral mínimo de ingresos en personas con pensiones bajas.

¿Qué es el complemento a mínimos y por qué importa?

¿Cómo funciona el sistema de complementos a mínimos?

El complemento a mínimos es una cantidad adicional que la Seguridad Social añade a las pensiones más bajas para asegurar que el importe total percibido no baje de un límite establecido cada año. Este complemento se revisa anualmente y depende estrictamente de que el pensionista no supere unos límites de ingresos y patrimonio.

Este mecanismo no constituye un derecho consolidado, sino una ayuda condicionada que puede retirarse si se detecta que la situación económica del beneficiario ha mejorado. La donación de un piso, por ejemplo, puede generar una ganancia patrimonial que incrementa el patrimonio del pensionista, aunque no suponga un ingreso efectivo inmediato.

¿Por qué es importante tener en cuenta el patrimonio en la concesión del complemento?

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha reafirmado que las ganancias patrimoniales forman parte de los criterios que determinan el acceso o la denegación del complemento a mínimos. La normativa no distingue entre dinero líquido y otras formas de riqueza, sino que contabiliza cualquier incremento patrimonial que pueda mejorar la capacidad económica del pensionista.

Esto evita situaciones en las que una persona mantiene un patrimonio elevado pero percibe ayudas que se orientan a cubrir necesidades económicas reales.

¿Cómo se ha desarrollado el caso de la jubilada de Alicante?

¿Qué hechos provocaron la reclamación de la Seguridad Social?

La pensionista, que percibía una pensión de 588,59 euros con un complemento que la elevaba a un mínimo, donó la vivienda familiar a su hijo el 26 de julio de 2021. Esta donación generó una ganancia patrimonial que no fue detectada por la Seguridad Social hasta casi dos años después, el 18 de mayo de 2023.

El 4 de julio de 2023, el INSS le reclamó la devolución de 3.728,48 euros correspondientes al complemento a mínimos percibido indebidamente durante ese período.

¿Por qué la Justicia dio la razón a la Seguridad Social?

La pensionista argumentó que la donación no suponía un ingreso real o disponibilidad de dinero, y que por ello no debía perder el complemento. Sin embargo, el tribunal rechazó esta interpretación, recordando que la ley incluye explícitamente las ganancias patrimoniales como base para calcular estos complementos.

Además, destacó que el cumplimiento de los límites de ingresos se debe comprobar anualmente para detectar situaciones como esta y que la jurisprudencia establece que el patrimonio es un factor clave para valorar la necesidad del complemento a mínimos.

¿Qué consecuencias tiene esta resolución para otros pensionistas?

¿Qué se ha de tener en cuenta antes de hacer donaciones u operaciones patrimoniales?

Cualquier movimiento patrimonial, incluidas donaciones de inmuebles, puede afectar la percepción de los complementos a mínimos u otras ayudas sociales. Es fundamental valorar con detalle la repercusión que puede tener una operación así sobre los ingresos y el patrimonio declarados ante la Seguridad Social.

Una planificación fiscal y financiera adecuada puede evitar reclamaciones inesperadas y pérdidas económicas importantes.

¿Cómo comprobamos que no se superan los límites de renta y patrimonio?

La Seguridad Social revisa anualmente las rentas y patrimonios de los beneficiarios de los complementos a mínimos. Se debe tener cuidado con cualquier incremento patrimonial que pueda considerarse ganancia patrimonial, ya que puede implicar la pérdida del derecho o la devolución de importe.

Así, mantener una comunicación clara con el organismo e informar de cambios patrimoniales es clave para evitar sanciones y sorpresas desagradables.

El caso de la jubilada de Alicante recuerda que el patrimonio no es solo una cuestión de dinero líquido sino que cualquier activo que represente un incremento económico puede alterar el acceso a complementos sociales.

En definitiva, la gestión del patrimonio y el conocimiento de la normativa son claves para proteger la pensión y evitar reclamaciones de devolución.