Un jubilado trabaja 26 horas y la Seguridad Social le reclama 29.000 euros

Un jubilado cobró 400 euros por 26 horas de trabajo y la Seguridad Social le reclamaba 29.000. La justicia le da la razón y limita la devolución.
Jubilado trabajando 26 horas recibe reclamación de 29.000 euros por parte de la Seguridad Social — Imagen generada por IA

Sólo 26 horas de trabajo agrícola y 400 euros cobrados pusieron en peligro una pensión de 29.000 euros. La Seguridad Social exigió la devolución íntegra de esta cantidad a un jubilado que trabajó puntualmente.

Los hechos ocurren entre 2021 y 2022, con un hombre de 69 años como protagonista y el Tribunal de Apelación de Trento como escenario final de una batalla jurídica que ha llamado la atención.

El conflicto entre trabajo y pensión

El trabajo agrícola puntual

Durante siete días de septiembre de 2021 y seis de septiembre de 2022, este jubilado recogió fruta, sumando 26 horas de trabajo y cobrando 400 euros en total. A primera vista, parece una actividad anecdótica, pero la Seguridad Social lo interpretó diferente.

El INPS (Instituto Nacional de Previsión Social italiano) consideró que la pensión anticipada era incompatible con cualquier ingreso laboral. Eso provocó que le reclamaran la devolución íntegra de la pensión cobrada durante dos años, que ascendía a casi 29.000 euros.

La respuesta judicial inicial

El jubilado, desacuerdo, llevó el caso a la justicia. El juez laboral le dio la razón en febrero de 2025, estableciendo que la incompatibilidad debía limitarse solo a los meses con actividad laboral efectiva.

Esto fue la primera derrota por parte del INPS, que no tardó en apelar la sentencia.

El Tribunal de Trento cierra el caso

Confirmación de la sentencia

El Tribunal de Primera Instancia de Trento, en su primera sección civil, rechazó la apelación de la Seguridad Social y ratificó que el jubilado sólo debe devolver la parte de la pensión correspondiente a los meses trabajados: septiembre de 2021 y 2022.

Según la sentencia, “la devolución de las sumas indebidamente percibidas no puede exceder el importe realmente indebido”.

Una interpretación constitucional de la normativa

El tribunal basó la decisión en una lectura estricta y constitucional de la ley. La incompatibilidad entre pensión e ingresos laborales debe aplicarse solo cuando el trabajo es efectivo, no de forma global durante todo el año.

Esto frena las reclamaciones exageradas como la que intentó hacer el INPS, que pedía más de 14.000 euros por año cuando el trabajo real sólo duró unos días.

Detalles prácticos y repercusiones

Distribución de las horas y pago recibido

Las 26 horas se repartieron en 13 días: 14 horas en septiembre de 2021 y 12 horas en el mismo mes de 2022. Los 400 euros cobrados se dividieron en 205 euros para el año 2021 y el resto para 2022.

Aun así, la Seguridad Social reclamó 14.207 euros para 2021 y casi 14.840 para 2022, un desfase que el tribunal consideró injustificado.

El sentido de la prestación de jubilación

La sentencia recuerda que la función de la prestación de jubilación es garantizar unos medios de subsistencia a quien ha dejado de trabajar por edad, no que cualquier ingreso puntual desvirtúe este derecho básico.

Con este precedente, se evita que pequeños trabajos ocasionales se conviertan en motivo para reclamaciones económicas desproporcionadas.

En definitiva, 26 horas de trabajo no pueden poner en duda una pensión de 29.000 euros. Y la justicia ha hablado claro.