Los autónomos pueden cobrar dos pensiones pero deben sumar 15 años cotizados
Los autónomos pueden cobrar dos pensiones de jubilación a la vez, pero no es tan sencillo como parece. Es necesario cumplir un requisito clave: sumar al menos 15 años cotizados en cada régimen, y que estas cotizaciones vayan de la mano.
La Seguridad Social regula este derecho y las condiciones para poder percibir dos pensiones diferentes por jubilación. Todo el mundo habla de cobrar más, pero aquí la ley pone orden en la fiesta.
Requisitos para cobrar dos pensiones de jubilación
Ser autónomo y cotizar en dos regímenes
El autónomo que cotiza tanto en el régimen especial de autónomos (RETA) como en el régimen general puede tener derecho a dos pensiones de jubilación, siempre que cumpla los requisitos de cada régimen por separado.
La ley establece que es necesario acreditar una cotización mínima de 15 años en cada régimen. De estos, al menos dos deben haber sido cotizados en los últimos 15 años antes de la jubilación.
Casos de cotizaciones superpuestas
Si el autónomo no está dado de alta en los dos regímenes a la vez, las cotizaciones deben haber sido simultáneas durante al menos 15 años. Esto significa que no sirve haber cotizado 15 años en un régimen y 15 en el otro en momentos diferentes, sino que deben coincidir temporalmente.
Esto evita que se acumulen pensiones por períodos que no se han compartido, limitando así la doble percepción.
Cómo se calcula la cuantía de cada pensión
Métodos de cálculo de la base reguladora
La base reguladora, que determina la cuantía de la pensión, se calcula con dos fórmulas posibles. Hay que elegir la que sea más favorable para el pensionista:
- Dividir por 350 la suma de las últimas 300 bases de cotización.
- Dividir por 352,33 la suma de las 302 bases más altas de las últimas 304.
Esta base es diferente para los autónomos, que solo tienen en cuenta seis meses de bases ficticias para períodos no cotizados, mientras que los del régimen general cuentan con 48 meses.
Porcentajes según los años cotizados
El porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho depende de los años cotizados:
- Con 15 años cotizados, se cobra el 50%.
- Por cada mes adicional hasta 49 meses, se añadirá un 0,21% más.
- Para los siguientes 209 meses, se añadirá un 0,19% por mes.
Pero la suma de las dos pensiones nunca puede superar los 3.359,60 euros mensuales, que es el límite máximo vigente en 2026.
¿Qué pasa si no se cumplen los requisitos para dos pensiones?
Suma de cotizaciones para determinar la base reguladora
Si el trabajador no tiene derecho a dos pensiones, las cotizaciones de los regímenes en los que no cumpla requisitos se acumulan para calcular la base reguladora en el régimen donde sí tenga derecho a jubilarse.
Esto asegura que el tiempo cotizado no se pierda, sino que sirva para mejorar la pensión de un solo régimen.
Pensión según el régimen de alta
El pensionista percibirá la pensión desde el régimen en el que esté dado de alta o en situación asimilada en el momento de causar derecho a la jubilación.
Por lo tanto, aunque no se cobren dos pensiones separadas, no se pierde lo que se ha cotizado en otros regímenes.
Las reglas no son para regalar, sino para poner límites a quien creía que podía acaparar pensiones a mansalva.