Los jueces frenan a las empresas por los excesos contra el absentismo
El absentismo laboral sube sin freno y las empresas no se quedan de brazos cruzados. Pero, ¿qué ocurre cuando estas empiezan a aplicar penalizaciones que tocan fondo?
Los jueces están empezando a cortar de raíz este tipo de excesos, pero no antes de que salten las alarmas y la tensión entre trabajadores y empresas aumente.
Contexto del absentismo y las reacciones empresariales
Las bajas laborales han aumentado un 60% entre 2017 y 2024, con una duración media que se ha alargado un 15%, según la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). Un incremento que, por supuesto, dispara el coste público hasta los 16.500 millones de euros.
Las empresas, alarmadas, han optado por incluir en sus convenios colectivos bonificaciones por cumplir íntegramente la jornada, pero también penalizaciones que afectan a los trabajadores que se ausentan, aunque sea por causas justificadas. Un juego peligroso que está topando con la justicia.
Pero, ¿cuál es la línea que no se puede cruzar? Los tribunales ya han puesto límites a estas medidas que, a veces, rozan la discriminación descarada.
Sentencias clave que marcan el terreno de juego
La Audiencia Nacional y el caso CEAV
El pasado 26 de enero, la Audiencia Nacional anuló un punto del convenio colectivo de la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV), que pretendía pagar solo el 50% del salario durante enfermedades justificadas, limitando este derecho a cuatro días por año.
Los sindicatos recurrieron y la respuesta del tribunal fue clara: no se pueden aplicar criterios que discriminen directamente por enfermedad o estado de salud. La negociación colectiva debe respetar la ley, no romperla.
El Tribunal Supremo y la retribución variable
El Tribunal Supremo, el 16 de enero, dio la razón a la Unión General de Trabajadores (UGT) en un caso contra Ayesa Ibermática, donde la empresa excluía los periodos de incapacidad temporal del cálculo de la retribución variable.
Según los magistrados, hacerlo supone una discriminación indirecta por razón de sexo porque condiciona el bonus a no haber disfrutado de permisos vinculados a la conciliación. La justicia defiende que la retribución variable puede incentivar, pero sin vulnerar derechos básicos.
Los límites legales a las penalizaciones por absentismo
¿Qué ausencias se pueden penalizar?
El Supremo ha dejado claro que sí es posible incluir complementos para aumentar la productividad y reducir el absentismo, pero con restricciones. No se pueden tener en cuenta ausencias por vacaciones, permisos sindicales, ni por defunción de familiares cercanos.
Así, las bajas médicas justificadas no pueden penalizar la retribución variable ni generar discriminaciones. La justicia recuerda que el absentismo es un problema legítimo, pero que no puede solucionarse rompiendo la Constitución ni la igualdad de oportunidades.
La visión de los sindicatos y empresarios
Fuentes sindicales recuerdan que la salud laboral es un derecho fundamental que no puede quedar sometido a modelos de castigo. Por su parte, empresarios admiten la necesidad de hacer frente al absentismo pero reconocen que es necesario un equilibrio para evitar conflictos legales y sociales.
¿Qué implica para los trabajadores y empresas?
Para los trabajadores
Los trabajadores pueden estar tranquilos: las bajas por enfermedad o causas justificadas no pueden ser motivo de penalización económica injustificada. Los jueces han blindado estos derechos en contra de los convenios que pretendían recortarlos.
Para las empresas
Las empresas deben revisar sus convenios colectivos y evitar mecanismos que puedan ser considerados discriminatorios o vulneradores de derechos. La estrategia para paliar el absentismo debe ser legal y respetuosa.
| Aspecto | Permitido | No Permitido |
|---|---|---|
| Retribución variable | Incluir bonificaciones por ausencia mínima | Excluir periodos de incapacidad temporal o permisos justificados |
| Penalizaciones por absentismo | Aplicar penalizaciones por ausencias sin justificar | Penalizar bajas médicas justificadas |
| Discriminación | No discriminar por motivos de salud o sexo | Discriminación directa o indirecta por enfermedad o conciliación |
La realidad es que los juzgados están poniendo orden en un terreno lleno de excesos y confusiones. La defensa de los derechos de los trabajadores y la necesidad empresarial de controlar el absentismo deben encontrar un punto de equilibrio.
Según un portavoz sindical (febrero 2026), "no se puede castigar la enfermedad como si fuera una falta laboral; eso va contra la dignidad y la ley". Desde el ámbito empresarial, sin embargo, alertan de que "son necesarias medidas que incentiven la asistencia sin romper normativas ni derechos".
Para más información oficial sobre este tema, podéis consultar la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social.